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12 de mayo de 2026 · 9 min lectura · Equipo contratosdealquiler.es

Obras en piso de alquiler: qué puede hacer el inquilino sin permiso

Guía completa sobre obras en piso de alquiler. Qué reformas puede hacer el inquilino sin permiso del propietario según la LAU y cuáles requieren autorización escrita.

La realización de obras en una vivienda alquilada es una de las cuestiones que más conflictos genera entre propietarios e inquilinos. Desde cambiar el color de las paredes hasta reformar la cocina, cada intervención tiene implicaciones jurídicas que conviene conocer antes de coger el taladro. En este artículo analizamos en profundidad qué puede y qué no puede hacer el arrendatario según la Ley de Arrendamientos Urbanos.

La regla general: prohibición de obras sin consentimiento del propietario

El artículo 23.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU, Ley 29/1994, modificada por la Ley 12/2023 de derecho a la vivienda) establece con claridad meridiana la norma básica:

"El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de los accesorios."

Esta prohibición general tiene varias implicaciones prácticas que todo inquilino debe interiorizar:

  • El consentimiento debe ser expreso y por escrito, no basta con el silencio o una autorización verbal.
  • Afecta a cualquier obra que "modifique la configuración", concepto que analizaremos más adelante.
  • Se extiende también a los accesorios (garaje, trastero, terraza, etc.).
  • No distingue entre obras de mejora y obras de otro tipo.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha interpretado este artículo de forma restrictiva para el arrendatario, entendiendo que la configuración incluye no solo la estructura, sino también la distribución de espacios e incluso elementos como los revestimientos cuando su cambio altera significativamente la vivienda.

Qué se considera obra que modifica la configuración

Determinar qué constituye una modificación de la configuración es fundamental, pues de ello depende la necesidad de obtener permiso. Nuestro equipo de abogados especializados en arrendamientos clasifica las intervenciones en tres categorías:

Obras que claramente requieren autorización escrita

  • Tirar o levantar tabiques, incluyendo los de pladur.
  • Cambiar la ubicación de la cocina o el baño.
  • Modificar la instalación eléctrica de forma sustancial.
  • Alterar las canalizaciones de agua o gas.
  • Instalar o eliminar puertas y ventanas.
  • Cerrar terrazas o balcones.
  • Cambiar el tipo de suelo (de tarima a baldosa, por ejemplo).
  • Instalar sistemas de climatización con unidad exterior.

Obras en zona gris (recomendable pedir autorización)

  • Cambiar sanitarios por otros de diferente estilo.
  • Sustituir la encimera de la cocina.
  • Instalar empotrados o armarios fijos.
  • Pintar con colores que alteren drásticamente la estética.
  • Colocar rejas en ventanas.

Intervenciones que generalmente no requieren permiso

  • Colgar cuadros y estanterías (con anclajes razonables).
  • Cambiar lámparas y apliques, conservando los originales.
  • Pintar paredes con colores similares a los originales.
  • Instalar barras de cortinas.
  • Colocar muebles que no se fijen a la estructura.

La excepción: obras de adaptación por discapacidad

El artículo 24 de la LAU recoge una excepción crucial que muchos inquilinos desconocen. Este precepto permite al arrendatario realizar, sin necesidad de consentimiento del propietario, obras de adaptación de la vivienda cuando:

  1. El propio arrendatario sea persona con discapacidad.
  2. Conviva con el arrendatario su cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado con discapacidad.

Estas obras pueden afectar a elementos como:

  • Ampliación de puertas para acceso con silla de ruedas.
  • Instalación de barras de apoyo en baños.
  • Sustitución de bañera por ducha a ras de suelo.
  • Adaptación de altura de encimeras y armarios.
  • Instalación de salvaescaleras en viviendas de varias plantas.

Requisitos para ejercer este derecho

Aunque no se necesita consentimiento, el artículo 24 impone ciertas obligaciones:

  1. Notificación previa por escrito al arrendador de las obras a realizar.
  2. Reposición al estado anterior al finalizar el contrato, si el arrendador lo exige.
  3. Las obras deben ser estrictamente necesarias para la adaptación.

Es importante señalar que el arrendador puede exigir que el inquilino constituya las garantías adecuadas para asegurar la correcta reposición. Si al firmar el contrato de arrendamiento de vivienda no se reguló específicamente esta cuestión, resultará aplicable directamente la LAU.

Pequeñas reparaciones a cargo del inquilino: artículo 21.4 LAU

No debe confundirse la prohibición de obras con la obligación de pequeñas reparaciones que corresponde al inquilino. El artículo 21.4 de la LAU establece:

"Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario."

Pero, ¿qué se considera pequeña reparación? La doctrina y jurisprudencia han ido perfilando este concepto:

Características de la pequeña reparación

Criterio Pequeña reparación Reparación mayor
Causa Desgaste por uso ordinario Deterioro estructural o vejez
Coste Proporcional a la renta Desproporcionado
Frecuencia Habitual y previsible Excepcional
Complejidad Simple, sin profesional especializado Requiere técnico cualificado

Ejemplos prácticos con valoración económica

Pongamos un ejemplo concreto: María alquila un piso en Madrid por 900 €/mes. Durante el tercer año de contrato:

  • A su cargo (pequeñas reparaciones):

    • Cambio de juntas de grifería: 45 €
    • Sustitución de bombillas fundidas: 25 €
    • Recambio de la correa de la persiana de su habitación: 60 €
    • Desatascar el fregadero obstruido por uso: 80 €
    • Total: 210 € (aproximadamente el 23% de una mensualidad)
  • A cargo del propietario (reparaciones mayores):

    • Sustitución del termo eléctrico averiado por antigüedad: 450 €
    • Reparación de humedad por fallo en impermeabilización de fachada: 1.200 €

Como regla orientativa, muchos tribunales consideran que reparaciones inferiores al 10-15% de una mensualidad de renta y derivadas del uso normal son pequeñas reparaciones. Sin embargo, varias sentencias de Audiencias Provinciales han matizado que debe atenderse al caso concreto.

Consecuencias de realizar obras sin autorización

Las consecuencias de efectuar obras sin el preceptivo consentimiento escrito pueden ser severas para el inquilino. El artículo 27.2.d) de la LAU establece como causa de resolución del contrato a instancia del arrendador:

"La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario."

Esto significa que el propietario puede:

  1. Resolver el contrato mediante demanda judicial de desahucio.
  2. Exigir la reposición de la vivienda a su estado original.
  3. Reclamar daños y perjuicios por las obras realizadas.
  4. Ejecutar la fianza depositada para cubrir los costes de reposición.

Plazos y procedimiento

El arrendador que descubra obras no autorizadas dispone de un plazo de un año desde que tuvo conocimiento para ejercitar la acción resolutoria, según el artículo 27.2 LAU. El procedimiento habitual es:

  1. Requerimiento fehaciente al inquilino para que cese las obras y reponga.
  2. Si no hay respuesta satisfactoria, demanda de desahucio por incumplimiento contractual.
  3. El juicio determinará si procede el lanzamiento y la indemnización.

La jurisprudencia ha sido estricta: incluso obras que objetivamente mejoran la vivienda pueden fundamentar la resolución si se hicieron sin autorización. La Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2005 confirmó un desahucio por obras de mejora realizadas sin consentimiento, aunque habían revalorizado el inmueble.

Cómo solicitar autorización para obras al propietario

Si desea realizar alguna modificación en su vivienda alquilada, el procedimiento recomendado es el siguiente:

Pasos para una solicitud formal

  1. Describa detalladamente las obras: incluya planos o fotografías si es posible, materiales a emplear y plazo de ejecución estimado.

  2. Justifique la necesidad o conveniencia: explique por qué desea realizar esas modificaciones.

  3. Proponga condiciones: puede ofrecer asumir todos los costes, comprometerse a reponer al final del contrato o incluso ofrecer que las mejoras queden para la vivienda.

  4. Solicite respuesta por escrito: indique un plazo razonable (15-30 días) para recibir contestación.

  5. Conserve toda la documentación: correos electrónicos, burofax o carta certificada con la autorización expresa.

Modelo de cláusula de autorización

Un propietario que autorice obras debería documentarlo de forma similar a esta:

"D./Dña. [nombre del arrendador], como propietario/a de la vivienda sita en [dirección], autorizo expresamente a D./Dña. [nombre del arrendatario] a realizar las siguientes obras: [descripción]. Dicha autorización se concede bajo las condiciones de [especificar: a su costa, reposición al final, mejora que queda para la vivienda, etc.]. Fecha y firma."

Esta autorización debe integrarse como anexo al contrato de arrendamiento de vivienda original.

Diferencias entre vivienda habitual y local comercial

La regulación de obras varía significativamente cuando se trata de arrendamientos para uso distinto de vivienda, como locales comerciales. En estos casos:

  • La libertad de pactos es mayor (artículo 4.3 LAU).
  • Es habitual autorizar obras de acondicionamiento inicial.
  • Suelen pactarse períodos de carencia de renta durante la reforma.
  • La reposición al estado original puede excluirse contractualmente.

Si está negociando un contrato de arrendamiento de local comercial, es recomendable regular expresamente qué obras podrá realizar el arrendatario y en qué condiciones.

Obras que afectan a elementos comunes: el papel de la comunidad de propietarios

Algunas obras en viviendas alquiladas afectan a elementos comunes del edificio (fachada, estructura, instalaciones generales). En estos casos, además del consentimiento del arrendador, puede ser necesaria la autorización de la comunidad de propietarios según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Obras que requieren autorización comunitaria

  • Instalación de aire acondicionado con unidad exterior en fachada.
  • Cerramiento de terrazas o balcones.
  • Modificación de bajantes o elementos estructurales.
  • Cambio de carpintería exterior si altera la uniformidad de fachada.

El inquilino debe ser consciente de que, aunque obtenga permiso del propietario, este puede ser insuficiente si la comunidad no autoriza obras que afecten a elementos comunes. La responsabilidad frente a la comunidad recaerá en el propietario, quien podrá repercutirla contra el inquilino.

Recomendaciones finales para inquilinos y propietarios

Para evitar conflictos relacionados con obras en viviendas alquiladas, desde nuestra experiencia aconsejamos:

Para inquilinos:

  • Antes de alquilar, negocie y deje por escrito qué modificaciones podrá realizar.
  • Nunca asuma que el silencio equivale a autorización.
  • Conserve facturas y documentación de cualquier intervención autorizada.
  • Si tiene discapacidad o convive con alguien que la tenga, infórmese bien sobre sus derechos del artículo 24 LAU.

Para propietarios:

  • Incluya cláusulas específicas sobre obras en el contrato de arrendamiento.
  • Realice inventario fotográfico del estado de la vivienda al inicio.
  • Si autoriza obras, hágalo siempre por escrito especificando condiciones.
  • Realice inspecciones periódicas acordadas con el inquilino.

La prevención mediante una redacción contractual clara es siempre preferible a los conflictos judiciales posteriores. Un contrato de alquiler bien redactado por profesionales especializados puede anticiparse a estas situaciones y regular de antemano qué intervenciones estarán permitidas y en qué condiciones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pintar las paredes de mi piso de alquiler sin pedir permiso?+
Depende del alcance del cambio. Retoques con colores similares a los originales suelen tolerarse como mantenimiento ordinario. Sin embargo, cambios drásticos de color (de blanco a negro, por ejemplo) podrían considerarse modificación de la configuración según el artículo 23 LAU. Lo más prudente es notificarlo al propietario y, ante la duda, solicitar autorización escrita.
¿Qué pasa si hago obras sin permiso y el propietario no dice nada durante años?+
El propietario dispone de un año desde que tuvo conocimiento de las obras para ejercitar la acción de resolución del contrato (artículo 27.2 LAU). Si transcurre ese plazo sin reclamación, decae su derecho a resolver por esa causa concreta. No obstante, al finalizar el contrato puede exigir la reposición o descontar de la fianza los daños causados.
¿Puedo instalar aire acondicionado en mi piso alquilado?+
Necesita doble autorización: del propietario por escrito (artículo 23 LAU) y, si la unidad exterior afecta a la fachada, de la comunidad de propietarios según la Ley de Propiedad Horizontal. Algunos edificios tienen normativa interna que regula la ubicación y estética de estos aparatos. Sin ambos permisos, se arriesga a tener que retirarlo.
¿Tengo derecho a que me devuelvan el coste de las mejoras que he hecho al piso?+
Con carácter general, no. El artículo 23.2 LAU establece que las obras realizadas quedan en beneficio de la propiedad sin derecho a indemnización, salvo pacto expreso en contrario. Solo si acordó previamente con el propietario que este abonaría total o parcialmente las mejoras, o que se descontarían de la renta, tendría derecho a reclamar. Por eso es fundamental documentar cualquier acuerdo por escrito.
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